Pagos a cuenta en el IS: qué son, tipos y cómo calcularlos (2025)

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    Empresaria revisando pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades con ordenador portátil y gráficos financieros

    29 de julio de 2025

    Los pagos a cuenta en el Impuesto sobre Sociedades (IS) son una de esas obligaciones fiscales que muchas empresas no terminan de entender del todo… hasta que llegan los primeros requerimientos o sanciones. ¿Cuándo se hacen? ¿Cuánto se paga? ¿Cómo se calculan en 2025?

    En este artículo te explicamos de forma clara qué son los pagos a cuenta del IS, qué modelos se utilizan, cuáles son sus tipos, qué métodos existen para calcularlos y cómo puede ayudarte una asesoría online con herramientas SaaS a gestionarlos de forma automática y sin errores.

    ¿Qué son los pagos a cuenta en el Impuesto sobre Sociedades?

    Los pagos a cuenta del IS son anticipos que deben realizar las sociedades al Tesoro Público durante el ejercicio económico, antes de presentar la liquidación definitiva del impuesto (modelo 200). Son similares a las retenciones del IRPF, pero aplicados al impuesto de las empresas.

    La finalidad es repartir la carga tributaria a lo largo del año y evitar que las empresas tengan que abonar de golpe una gran cantidad cuando presentan su declaración anual. Se realizan mediante el modelo 202 y suponen ingresos fraccionados que luego se descuentan del resultado final del IS.

    ¿Qué empresas están obligadas a hacer pagos a cuenta del IS?

    Están obligadas a realizar pagos fraccionados todas las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades que:

    • No estén exentas del impuesto.
    • No hayan cesado su actividad.
    • Hayan obtenido beneficios en el ejercicio actual o anterior, según el método de cálculo elegido.

    Incluso si una empresa no ha tenido beneficios en el año en curso, podría estar obligada a pagar por el método de base del ejercicio anterior.

    ¿Qué modelos se utilizan para los pagos fraccionados?

    El modelo utilizado para los pagos a cuenta es el modelo 202, que se presenta de forma obligatoria por vía telemática a través de la sede electrónica de la AEAT.

    Además, si la empresa tiene una cifra de negocios superior a 6 millones de euros, también debe presentar el modelo 222, correspondiente al régimen de consolidación fiscal, en caso de grupos de empresas.

    ¿Cuándo se presentan los pagos fraccionados del IS?

    Los pagos fraccionados del IS se presentan tres veces al año, en los siguientes plazos:

    • Primer pago: del 1 al 20 de abril.
    • Segundo pago: del 1 al 20 de octubre.
    • Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre.

    En todos los casos, si el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil.

    Métodos para calcular los pagos fraccionados

    La Ley del Impuesto sobre Sociedades permite dos métodos de cálculo, dependiendo de la facturación de la empresa:

    1. Método del resultado del ejercicio anterior (art. 40.2 LIS)

    Este método es el más común para empresas con una cifra de negocios inferior a 6 millones de euros. Se calcula como:

    18% del importe de la cuota íntegra del último IS presentado (modelo 200), minorada por bonificaciones y deducciones.

    Este resultado se paga como anticipo en cada uno de los tres pagos del año siguiente.

    Ejemplo:

    • Si tu empresa pagó 10.000 € en el IS de 2024, cada pago fraccionado en 2025 será de:
      • 10.000 € × 18% = 1.800 €

    2. Método del resultado del ejercicio en curso (art. 40.3 LIS)

    Este método es obligatorio para empresas con cifra de negocios igual o superior a 6 millones de euros en el ejercicio anterior. Aquí, el cálculo se basa en los beneficios reales del ejercicio en curso.

    El pago se calcula como:

    Tipo impositivo × Resultado contable del período (base imponible acumulada) – retenciones, bonificaciones, deducciones, etc.

    El tipo general en 2025 es del 23 % para empresas con facturación inferior a 1 millón de euros, y del 25 % para el resto, salvo tipos especiales.

    Ejemplo:

    • Si en los primeros 3 meses del año tu base imponible es de 100.000 €, y aplicas el tipo del 25 %:
      • 100.000 × 25% = 25.000 € (ajustado por deducciones, retenciones…).

    ¿Cómo saber qué método aplicar?

    Cifra de negocios anteriorMétodo obligatorioModelo
    < 6 millones €Art. 40.2 (18 %)Modelo 202
    ≥ 6 millones €Art. 40.3 (base real)Modelo 202
    Grupo consolidadoBase consolidadaModelo 222

    Deducciones y ajustes aplicables

    En ambos métodos, se pueden restar:

    • Deducciones por doble imposición.
    • Bonificaciones por actividades específicas.
    • Retenciones e ingresos a cuenta soportados.
    • Pagos anteriores del mismo ejercicio.

    Es importante revisar bien cada concepto para evitar pagar de más o incurrir en errores.

    ¿Qué pasa si no se presenta el modelo 202?

    No presentar el modelo 202 conlleva:

    • Sanciones económicas de entre 200 € y 6.000 €, según el caso.
    • Recargos e intereses de demora si había importe a ingresar.
    • Pérdida de beneficios fiscales, como aplazamientos o deducciones.

    Incluso si no se genera cantidad a ingresar (por ejemplo, si no hay beneficio), la presentación del modelo es obligatoria para empresas que deben aplicar el método del resultado actual (art. 40.3).

    Cómo automatizar los pagos fraccionados con un software fiscal

    Gestionar los pagos a cuenta correctamente requiere control contable actualizado, conocimiento normativo y rigor en los cálculos. Por eso, cada vez más empresas utilizan software fiscal en la nube (SaaS) que permite:

    • Sincronizar datos contables y fiscales.
    • Calcular automáticamente los pagos según el método aplicable.
    • Presentar el modelo 202 con certificado digital.
    • Generar recordatorios de plazos y alertas.
    • Integrarse con asesorías online para validaciones o revisión final.

    En nuestra asesoría online, ofrecemos una solución SaaS integral con módulo fiscal, generación de modelos y presentación electrónica, ideal para pymes y startups que quieren ahorrar tiempo y evitar sanciones.

    Recomendaciones prácticas

    • Revisa en enero la cifra de negocios del ejercicio anterior para saber si debes cambiar de método.
    • Lleva al día tu contabilidad y base imponible real si aplicas el método de beneficios actuales.
    • No te confíes si tu empresa es nueva: podrías estar obligada igualmente.
    • Usa un software fiscal integrado con tu asesoría para automatizar tareas.
    • No esperes al último día para presentar: evita errores o bloqueos.

    Conclusión

    Los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades son una parte clave de la fiscalidad empresarial. Aunque su presentación puede parecer simple, el cálculo correcto y el método aplicable dependen de varios factores contables y fiscales.

    Con el apoyo de un sistema SaaS adaptado a tu empresa, puedes gestionar estos pagos con total seguridad, eficiencia y sin errores, cumpliendo con Hacienda sin estrés.